Impugnación de pagos entre cónyuges en procedimientos de insolvencia: Sentencia del BGH de 10 de julio de 2025 | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Impugnación de pagos entre cónyuges en procedimientos de insolvencia: Sentencia del BGH de 10 de julio de 2025

30/01/2026
| Ignacio Ordejón, Carlota Olaegui
Anfechtung von Zahlungen zwischen Ehegatten im Insolvenzverfahren: Urteil des BGH vom 10. Juli 2025

El Tribunal Federal de Justicia de Alemania (Bundesgerichtshof, BGH) se pronunció en su sentencia de 10 de julio de 2025 – IX ZR 108/24 sobre la impugnación de pagos realizados entre cónyuges cuando uno de ellos se encuentra posteriormente en procedimiento de insolvencia.  
 
Hechos del caso  

Los cónyuges adquirieron a partes iguales un terreno con una vivienda unifamiliar, en la que residían junto con su familia. Para financiar la compra ambos cónyuges suscribieron un contrato de préstamo bancario. El marido y más tarde deudor asumió en su totalidad los pagos de intereses y de amortización del préstamo durante el matrimonio.  

El administrador concursal reclamó a la esposa la restitución de la mitad de las cuotas del préstamo (correspondiente a la amortización), considerando que estos pagos eran prestaciones gratuitas (de acuerdo con el Art. 134 InsO – Lez de Insolvencia Alemana) que únicamente la beneficiaron a ella, incrementando su patrimonio y reduciendo los recursos disponibles para los acreedores del deudor.  
 
Decisión del Tribunal Federal  

El BGH en un principio resolvió que los pagos de intereses no son impugnables, ya que se consideran gastos destinados al sustento familiar y no representan un beneficio directo al otro cónyuge en términos patrimoniales. 

Sin embargo, el Tribunal concluyó que los pagos de amortización constituyen prestaciones gratuitas impugnables, porque:  

  • Se realizaron sin contraprestación por parte de la esposa 
  • Beneficiaron directamente al otro cónyuge, liberando su participación en la vivienda de cargas hipotecarias 
  • Redujeron el patrimonio disponible del deudor, perjudicando a sus acreedores  

Conclusión  

Esta sentencia refuerza una línea jurisprudencial confirmando que:  

  • Si un cónyuge insolvente paga las cuotas de amortización de un préstamo común y con ello aumenta el patrimonio del otro sin recibir nada a cambio, esos pagos pueden ser impugnados según el artículo 134 de la Ley de Insolvencia alemana 
  • En caso de insolvencia, el administrador concursal puede pedir que se devuelva el dinero usado para reducir la hipoteca en beneficio del otro cónyuge 
  • Los pagos de intereses no se pueden reclamar, porque se consideran parte del sustento familiar.

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