Fraudulenta suplantación de una web estatal en perjuicio de una empresa extranjera
En este caso los acusados, aprovechándose del prestigio internacional de una empresa estatal española dedicada a la venta de mercurio, crearon un dominio casi idéntico al de la empresa española a través del cual se podía acceder a una página web que imitaba el estilo, diseño y página web auténticos. La página web creada por los acusados imitaba a la auténtica e incluía teléfonos de contacto y direcciones de correo de personas que actuaban conjuntamente con las personas que habían creado la página web falsa.
De este modo, varios clientes extranjeros de la empresa española, creyendo estar en contacto con empleados de la empresa española, realizaron pagos por adelantado en concepto de señal o como confirmación de pedidos mediante transferencias en las cuentas indicadas. Las cantidades abonadas por los perjudicados fueron retiradas de las citadas cuentas bancarias unos días mas tarde, obteniendo así los acusados un beneficio económico de forma ilícita.
El Tribunal Supremo ha condenado a diversos de los acusados no por un delito de propiedad intelectual sino por un delito continuado de estafa en concurso con delito de falsedad mercantil. Además, condenó a los acusados a la devolución a las empresas engañadas de la cantidades ilicitamente adquiridas. También fueron condenados a indemnizar a la empresa estatal española mediante el pago de la suma de 231.895,78 Euros por daños morales y por lucro cesante además del pago de los costes judiciales.