Factura rectificativa: plazo para la devolución del IVA a No Residentes en España | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Factura rectificativa: plazo para la devolución del IVA a No Residentes en España

30/04/2021
| Gustavo Yanes
Rechnungskorrektur: Fristen für die Umsatzsteuerrückerstattung für nicht in Spanien Ansässige

En el IVA español existen dos sistemas principales para la devolución del impuesto: uno para empresarios establecidos en España y otro para No Residentes. Este último difiere drásticamente del método de devolución regulado para empresarios con establecimiento en España, pero en este artículo nos queremos centrar únicamente en el plazo para solicitar dicha devolución.

Según el reglamento del IVA, el plazo para la presentación de la solicitud de recuperación del impuesto se iniciará el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural y concluirá el 30 de septiembre del año siguiente. Como podemos comprobar, a diferencia del sistema para empresarios establecidos en territorio IVA cuyo plazo es de 4 años, para los No Residentes encontramos plazos mucho más exiguos. Recordemos que este plazo es de caducidad y, por lo tanto, no se admitirán las solicitudes presentadas más allá del mismo.

Contando con unos plazos tan breves, en la práctica existe el debate de cuándo comienza a contar el plazo si la factura que recibe el empresario No Residente es errónea y debe instarse la rectificación de esta. Este supuesto ha sido analizado por el Tribunal Económico central, fijándose como doctrina lo siguiente: (i) si la factura original es errónea, pero sus defectos son tales que permiten que se admita la deducción de las cuotas de IVA, habrá de estarse a la fecha de esta. (ii) sin embargo, si la factura original es incorrecta y tales errores no permiten la deducción del IVA, se debe instar obligatoriamente la factura rectificativa al vendedor o prestador del servicio y será a partir de la fecha de esta cuando empezará a contar el periodo para solicitar el IVA.

Advertimos ya que, en base a nuestra experiencia, es muy común que en las ventas o servicios prestados a No Residentes, las facturas adolezcan de algún error. Es por ello que, si se insta la solicitud con estas facturas incorrectas, probablemente esta sea denegada. Muchos empresarios deciden recurrir las decisiones de Hacienda, incluso ante los tribunales, lo que resultará en bastantes ocasiones infructuoso. Lo que debe hacerse en estos casos, es requerir al proveedor que rectifique la factura y abrir un nuevo procedimiento de solicitud, con la factura ahora correcta y completa, lo que conducirá al éxito del procedimiento.

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