Facebook - entre bases de datos y el Derecho de Competencia | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Facebook - entre bases de datos y el Derecho de Competencia

31/01/2018
| Lisa Schmitz
Facebook – zwischen Datenschutz und Kartellrecht

Las recopilaciones de datos pueden cobrar importancia en el sector de competencia.

Tras la sanción de 110.000.000,-- euros de la Comisión Europea, ahora el Tribunal de Defensa de la Competencia en Alemania ha anunciado un procedimiento administrativo contra Facebook. El Tribunal comprueba vía procedimiento administrativo si Facebook ocupa una posición dominante en el mercado, y, en caso afirmativo, investigará si además dicha posición constituye un abuso. La resolución del procedimiento podría exigir a Facebook prescindir de esa posición.

El motivo de la sospecha es que al recopilar datos privados, Facebook obtiene una posición dominante. Se entiende, que los datos sirven como “recursos de producción” – ya que debido a la digitalización global se obtienen ventajas competitivas, en tanto que cuanto más amplia es la base de datos esto permite al administrador individualizar y ajustar sus ofertas y la publicidad a los clientes para maximizar sus ventas.

El hipotético abuso de la posición dominante se limita al territorio alemán, según el Tribunal de Defensa de la Competencia. El Tribunal acusa que con la contratación de los servicios de Facebook, ésta pueda llevar implícita, de manera global, la obligación de los usuarios a consentir la cesión de sus datos a Facebook de una forma muy amplia, lo que califica el Tribunal como abuso de una posición dominante, según §§ 19.1, 2 GWB (ley alemana contra la limitación de la competencia).

El procedimiento llama la atención por ser pionero en conectar el derecho de la competencia con la ley de protección de datos. Esta interfaz ganará importancia en el futuro, ya que los modelos de negocio se basan cada vez más en las bases de datos.

Es por ello que existe el peligro de doble reivindicación por parte de los empresarios: por un lado por las autoridades en materia de competencia y por otro por las autoridades de protección de datos. Ambas autoridades pueden intervenir y sancionar con multas.

Los empresarios harán bien en cuidarse en cumplir con ambas regulaciones.

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