Estructuras básicas en las operaciones de M&A: asset deal y otras formalidades
La alternativa principal a una operación de M&A (compraventa de empresas) mediante una compraventa de acciones o participaciones (“share deal”), es hacerlo a través una compraventa de activos (“asset deal”).
En virtud de esta compraventa (“Asset Purchase Agreement” – APA), la parte vendedora, que en este caso es la propia sociedad que desarrolla el negocio, transmite la titularidad de determinados activos a la parte compradora, que los adquiere a cambio del pago de un precio (y asumiendo en su caso determinados pasivos).
Es una característica propia de este tipo de operación que el comprador podrá escoger aquellos activos que desea adquirir (y pasivos a asumir) en función de sus intereses (p.ej. inmuebles, maquinaria, inventarios, contratos con clientes y proveedores, marcas, etc.), lo que otorga de más flexibilidad a este tipo de estructura.
Asimismo, debe destacarse que, una vez realizada la operación, la sociedad vendedora continuará existiendo y mantendrá sus mismos socios o accionistas, así como su actividad operativa en la medida que esta última no se vea afectada por dicha operación.
La elección de esta estructura -frente a otras alternativas- debe ponderarse en cada caso en función de los intereses de las partes, estructura del capital y del negocio, aspectos legales y fiscales, etc. Como en toda operación de M&A, es esencial realizar una revisión legal (“Due Diligence”) que en este caso deberá enfocarse en los activos y pasivos que el comprador se propone adquirir, y en sus responsabilidades asociadas.
El proceso negociador en este caso conducirá a la firma (“Signing”) del contrato de compraventa de activos y, en ciertos casos vinculado al cumplimiento de ciertas condiciones o hitos particulares, puede posponerse su cierre formal (el cierre o “Closing”) a una fecha posterior.
En este caso, debido al hecho que en este tipo de operación se adquieren activos y pasivos individualizados, será preciso regular en el contrato las formalidades y actuaciones necesarias para transmitir cada uno de ellos, tales como el envío de comunicaciones y obtención de consentimientos de terceros (en particular de clientes y proveedores), la autorización de la propiedad si se requiere bajo algún contrato de arrendamiento comprendido en la operación, cambios en contratos laborales de trabajadores afectados por la operación, modificación de titularidad de licencias, e inscripción de nueva titularidad de activos en registros públicos (p.ej. Registro de la Propiedad, Bienes Muebles, Oficina Española de Patentes y Marcas, etc.).
En definitiva, una vez realizada la operación, será preciso coordinar la realización de todas las tareas necesarias para la efectiva transmisión de los activos objeto de la misma. Por todo ello, es esencial que las partes cuenten con el asesoramiento adecuado.