¿Está obligado el fisco alemán a participar en un arbitraje fiscal? | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

¿Está obligado el fisco alemán a participar en un arbitraje fiscal?

31/10/2017
| Frank Behrenz
Verpflichtung der deutschen Finanzbehörden zur Teilnahme an einem steuerlichen Schiedsverfahren?

Si una empresa española considera que la corrección de beneficios entre empresas asociadas efectuada por las autoridades fiscales alemanas conlleva una doble imposición injustificada, puede iniciar un procedimiento amistoso de conformidad con el Art. 24 del CDI o el Convenio relativo a la Supresión de la Doble Imposición en caso de Corrección de los Beneficios de Empresas Asociadas (90/436/CEE), abreviado como “Convenio Comunitario de Arbitraje (CCA)”. Mientras que el primer procedimiento mencionado no implica ningún deber para las autoridades fiscales a ponerse de acuerdo si hay discrepancias, el procedimiento arbitral tiene la ventaja para el obligado tributario que se decidirá por laudo arbitral de forma vinculante.

En una sentencia recién publicada del 18/01/2017, el Tribunal de lo Fiscal de Colonia (2 K 930/13) debió decidir si una sociedad matriz española (S.L.) puede obligar a la delegación de la administración tributaria competente respecto de la filial alemana (GmbH) a participar en un procedimiento arbitral según el CCA. En el marco de una inspección fiscal de la GmbH, la administración tributaria no admitió las facturas de la S.L. por prestaciones de servicios como gastos deducibles, por ser éstas excesivamente altas, y se negó a participar en un procedimiento arbitral iniciado por la S.L. ante las autoridades competentes españolas, motivado por el hecho que las facturas afectadas ya estaban sujetas a imposición en España. Debido a las circunstancias y al volumen de la facturación, se acusó al administrador de la S.L. en Alemania por complicidad en fraude fiscal, el proceso penal iniciado paralelamente contra la administradora de la GmbH se suspendió a cambio del pago de una multa, pues ésta estaba sujeta a instrucciones de España.

El Tribunal Supremo de lo Fiscal deberá decidir en un recurso de casación (BFH I R 7/17) si la participación en un procedimiento arbitral puede negarse cuando se determine de forma definitiva que una de las empresas participantes ha cometido una infracción grave contra disposiciones fiscales en el sentido del Art. 8 del CCA.

Categoría:

¿Le ha gustado este artículo?

¡Compártalo en sus redes!