El Tribunal Supremo avala las denuncias anónimas dentro de las empresas | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El Tribunal Supremo avala las denuncias anónimas dentro de las empresas

30/03/2020
| Marta Arroyo
Der Oberste Spanische Gerichtshof bestätigt die Zulässigkeit von anonymen Strafanzeigen im Unternehmen

En este caso, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que confirma las condenas a dos años de prisión y al pago de 456.340'27 euros y de 340.650'66 euros como indemnización a varios trabajadores de una empresa por la comisión de un delito de estafa. 

En concreto, la sentencia declaró que los trabajadores de una empresa dedicada a la adquisición de material de chatarra para su posterior transformación en acero se pusieron de acuerdo con diversos proveedores para recibir de éstos chatarra mezclada con “estériles”, es decir, con materiales de desecho no reciclables, en unos porcentajes muy superiores a los habituales en ese sector.

Así, al recibir la carga de chatarra de los referidos proveedores,  los trabajadores de la empresa encargados de clasificar la chatarra por categorías y de determinar  el porcentaje de descuento, que se fija en función del porcentaje de “estériles” existente y mezclado con la chatarra útil, aplicaron descuentos muy inferiores a los que realmente debían de haberse aplicado según ese porcentaje.  En definitiva, los trabajadores condenados lograron que la empresa que adquirió la chatarra de los proveedores, con quienes habían actuado en conveniencia, pagara por esta chatarra mezclada un precio más alto al que realmente correspondía, de haber  conocido la empresa el porcentaje real de “estériles” existente en la chatarra adquirida. 

Las citadas maniobras de carácter fraudulento realizadas tanto en la clasificación de la chatarra como en la errónea aplicación de los descuentos fueron denunciadas de manera anónima a través del departamento de recursos humanos. Denuncia, cuyo autor era desconocido, si bien ello no impidió que la propia empresa iniciara una investigación interna para averiguar la veracidad de los hechos denunciados. Investigación que finalmente confirmó los hechos inicialmente denunciados y sirvió para el inicio de las correspondientes acciones penales frente a los trabajadores implicados.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo da plena validez y legitimidad a aquellas denuncias efectuadas con carácter anónimo en el seno de una empresa. En este supuesto, lo hace porque cuando se sucedieron los hechos la empresa todavía no contaba con un programa de cumplimiento normativo interno y tampoco con un 'canal de denuncias interno', denominado “whistleblowing”. Este tipo de instrumentos internos de denuncias estarán pronto presentes en la mayoría de empresas, puesto que en octubre de 2019 se dictó una Directiva europea que regula la materia. Primero, mediante la protección a las personas que denuncien aquellas irregularidades internas de las que pudieran ser conocedoras dentro de las empresas y, segundo, mediante la específica obligación a las compañías de 50 o más trabajadores de los Estados miembros para que implanten este tipo de canales internos de denuncias.
 

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