El Tribunal Federal de Trabajo cambia su jurisprudencia sobre la posibilidad de celebrar contratos temporales sin causa | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El Tribunal Federal de Trabajo cambia su jurisprudencia sobre la posibilidad de celebrar contratos temporales sin causa

28/02/2019
| Philip Müller
Das Bundesarbeitsgericht (BAG) ändert seine Rechtsprechung zur sachgrundlosen Befristung von Arbeitsverträgen

En su sentencia del 23.01.2019 el Tribunal Federal de Trabajo (BAG) ha modificado su jurisprudencia anterior sobre la posibilidad de celebrar contratos temporales sin causa objetiva.
En este respecto, desiste en su interpretación de la ley alemana, la cual preveía que las relaciones laborales precedentes a un nuevo contrato temporal se tuvieran solamente en cuenta cuando hubieran terminado en un plazo de tres años antes de la contratación nueva. Los jueces del BAG siguieron a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal Alemán (BVerfG) del año pasado cuando declararon inconstitucional ésta interpretación del Art. 14 de la ley Federal que regula el tiempo parcial y relaciones laborales temporales.
El texto oficial de la ley prevé un plazo máximo de dos años para los contratos limitados sin causa, salvo que haya existido una relación laboral previamente. Según establece el Tribunal, la aplicación restringida de la ley no estaba conforme a la voluntad del legislador alemán, que se había expresado claramente en contra de las relaciones laborales encadenadas. Sin embargo, añade que los tribunales de trabajo tienen la obligación de interpretar la norma conforme con la constitución, es decir, en ciertos casos, la prohibición de los contratos laborales temporales sin causa puede resultar inadmisible, especialmente cuando la relación laboral previa fue hace mucho tiempo, el trabajador estuvo ocupado en un campo de actividad diferente o ésta era de corta duración.

En su fallo actual, siguiendo a la jurisprudencia del BVerfG, el BAG ha declarado improcedente un contrato limitado celebrado con un trabajador que había trabajado anteriormente en la empresa durante ocho años y se había ocupado casi de las mismas tareas. En consecuencia, su recurso, con el fin de declarar que la nueva relación laboral no había terminado en el plazo de dos años, tuvo éxito. Según estableció el tribunal, no debió de confiar en que el Tribunal Constitucional no declarara inconstitucional la anterior interpretación de la ley.

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