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El proyecto “Ley Mbappé” desde el punto de vista de derecho deportivo

31/05/2024
| Sven Wassmer
Das Projekt "Mbappé-Gesetz" aus der Sicht des Sportrechts

Después de la llamada “Ley Beckham”, que ha adquirido su nombre por el futbolista David Beckham que fichó por el Real Madrid en el año de la entrada en vigor de la ley (2003), ahora que se acerca el fichaje del jugador francés, Kylian Mbappé, por el Real Madrid, la prensa habla del proyecto de “Ley Mbappé”.

Sin entrar en detalles sobre el proyecto de la nueva normativa, es importante destacar que hay diferencias importantes entre la “Ley Beckham”, que beneficia a nuevos trabajadores desplazados a España a nivel nacional referente al IRPF, y el proyecto “Ley Mbappé”, que solamente sería aplicable en la Comunidad de Madrid, y que reduce el IRPF autónomo solamente si el nuevo residente invierte en activos dentro de la Comunidad. Además, al tratarse de un proyecto de normativa, el texto y su contenido están sujetos a cambios. Lo que tienen en común ambas normas es que ni la Ley del año 2003 fue diseñada para el jugador David Beckham, ni la nueva normativa de la Comunidad de Madrid se está tramitando para beneficiar al jugador francés o a su fichaje por el Real Madrid.

Sin perjuicio de que no se trata de una normativa hecha a medida del jugador o del Real Madrid, no cabe duda de que la nueva Ley facilitaría fichajes a clubes situados en la Comunidad de Madrid, ya que el coste de fichaje de un jugador, cuyo sueldo muchas veces se negocia en neto, se reduce bastante referente al coste del mismo fichaje en Cataluña u otras comunidades autónomas.

La pregunta es si este trato desigual entre clubes de la misma liga y federación va en contra de normas de derecho deportivo o sobre la competencia. Por ejemplo, ¿podrían La Liga de Fútbol Profesional, la Real Federación Española de Fútbol o algún club ir en contra de la normativa y tendría un posible recurso de posibilidades de éxito?

Aunque contestar a esta pregunta de forma contundente requeriría un estudio mucho más profundo una vez la normativa haya entrado en vigor, lo cierto es que con un primer análisis se llega a la conclusión de que las posibilidades de éxito de cualquier recurso contra la normativa basados en argumentos de derecho deportivo o derecho de la competencia estarían muy reducidas.

En primer lugar, diferencias entre la carga fiscal de deportistas son comunes entre países de la Unión Europea, como, por ejemplo, la citada “Ley Beckham” o la normativa fiscal en Italia que favoreció el fichaje de Cristiano Ronaldo por la Juventus de Turín. Estas normas afectan a las competiciones a nivel europeo, y no han sido declaradas contrarias a la normativa de la Unión Europea. En segundo lugar, establecer ventajas o beneficios a la cuota autónoma del IRPF es competencia de las autonomías, y, en mi opinión, efectos laterales a competiciones deportivas no justifican una revisión o corrección de estas normas.

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