El nuevo Reglamento Europeo sobre notificación y traslado de documentos: Guía para la práctica de las notificaciones | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El nuevo Reglamento Europeo sobre notificación y traslado de documentos: Guía para la práctica de las notificaciones

31/03/2022
| Enrique Castrillo de Larreta-Azelain
Die neue Verordnung (EU) über Zustellung von Schriftstücken: Praktische Hinweise

Abordamos de nuevo el análisis del Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos»), esta vez desde una perspectiva eminentemente práctica.

Y es que en ocasiones no resulta fácil, cuando se opta por la vía principal de notificación prevista en el Reglamento, saber qué órgano jurisdiccional es el competente en el país de destino de la notificación o qué requisitos especiales ha establecido dicho país para la correcta práctica de las notificaciones. En teoría, se trata de una labor que corresponde averiguar al juzgado de origen, pero los que conocemos de cerca el funcionamiento de nuestra Administración de Justicia sabemos bien lo importante que es ponérselo fácil al juzgado, anticipándole toda la información necesaria para la práctica de la notificación y siendo muy didáctico, con el fin de acelerar al máximo la tramitación del procedimiento y no tener que añadir más dilaciones a la ya de por sí lenta tramitación de un procedimiento judicial en España.

El artículo 33 del Reglamento establece lo siguiente:

“1. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión la información a que se refieren los artículos 3, 7, 12, 14, 17, 19, 20 y 22. Los Estados miembros informarán a la Comisión en caso de que su Derecho nacional prescriba que los documentos deban notificarse o trasladarse dentro de un plazo determinado, tal como se indica en el artículo 12, apartado 5, y el artículo 13, apartado 2.”

La información a la que se refiere este artículo consiste, sobre todo, en identificar a los organismos transmisores y receptores, los medios de asistencia para encontrar un domicilio en el extranjero que sea desconocido, así como la posición de los Estados miembros acerca de determinadas formas de notificación (si aceptan la notificación a través de agentes diplomáticos o consulares, organismos competentes, etc.).

Para obtener información cobre todas estas cuestiones la Comisión Europea ha creado el Atlas Judicial Europeo, que constituye una herramienta muy útil y eficaz para todas las cuestiones relacionadas con la cooperación judicial internacional y que encontramos en https://e-justice.europa.eu. En lo que se refiere a la notificación y traslado de documentos, en https://e-justice.europa.eu/373/DE/serving_documents podemos identificar, a través de un buscador, los órganos competentes de cada país, indicando el país, el tipo de órgano que queremos encontrar (autoridad central, órganos receptores, órganos de envío o personas competentes para notificar) y el código postal, y obtenemos el nombre, dirección, teléfono y correo electrónico del órgano judicial, así como el o los idiomas aceptados para la práctica de la notificación.

En definitiva, una herramienta muy útil para la no siempre fácil labor de emplazar o trasladar documentos a personas que residen en la Unión Europea pero fuera de España.

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