El Nuevo Código Aduanero de la Unión entrada en vigor el 1 de mayo de 2016 | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El Nuevo Código Aduanero de la Unión entrada en vigor el 1 de mayo de 2016

31/05/2016
| Víctor Manzanares
Der neue Zollkodex der Europäischen Union (Inkrafttreten zum 1. Mai 2016)

El pasado día 1 de mayo de 2016 entraron en vigor el articulado del nuevo Código Aduanero de la Unión (CAU), Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo, Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión y Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión. Se destacan, a continuación, las principales modificaciones que incorpora el CAU y que ya a partir del 1 de mayo de 2016 regulan las operaciones de comercio exterior, si bien indicamos que no constituyen una relación completa de las mismas, solo de las que entendemos más relevantes.

Se modifica el concepto de exportador, centrándose en la necesidad de ser titular del contrato con el adquirente en un tercer país y estar establecido en el territorio aduanero de la Unión.

En relación con el valor en aduana de las mercancías, desaparece la posibilidad de tomar en consideración como valor en aduana el valor de una transacción distinta a la última venta que da lugar a la importación, no obstante hay que tomar en consideración la aplicación del régimen transitorio hasta el próximo 31 de diciembre de 2017. En las transacciones entre empresas vinculadas se establece con carácter obligatorio la necesidad de examinar si la vinculación ha influido en el precio.

Se reducen y simplifican los regímenes aduaneros, de manera que quedan en dos generales y cuatro especiales. Los primeros serán el despacho a libre práctica y de exportación, y los regímenes especiales quedan reducidos a: Tránsito, interno y externo; Depósito, aduanero y zonas francas; Destinos especiales, importación temporal y destino final; Perfeccionamiento, activo y pasivo.

En el ámbito recaudatorio, destacan los aspectos relativos a garantías, delimitándose los supuestos de garantías potestativas y obligatorias. Existe un régimen transitorio a tomar en consideración.

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