El derecho del menor de relacionarse con sus abuelos incluso si el nieto se traslada al extranjero

La reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 26 de febrero de 2025 confirma el derecho del menor de siete años, a pesar de haber perdido la relación con sus abuelos maternos durante más de dos años, a recuperar su relación a través de un régimen supervisado de dos horas los fines de semana alternos en un Punto de Encuentro.
Reconocimiento como principio jurisprudencial del efecto beneficioso de la relación de los abuelos con sus nietos
Ya sabíamos que el interés del menor es preponderante, pero lo destacable de esta Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona es que declara que ya es un principio de la Jurisprudencia que la relación de los abuelos con sus nietos es, en general, un beneficio para los menores por la importante función de cohesión y transmisión de valores que tienen los abuelos; y que éste sólo cedería si se acreditara que los abuelos enfrentasen al menor con sus progenitores alterando su estado emocional, lo que generaría un perjuicio mayor al menor, por lo que en tal caso se suspendería la relación con ellos hasta que la dinámica disfuncional se corrigiera.
Importancia de las pruebas: interrogatorios de partes y el Informe del EATAF
En este caso, tras los interrogatorios de las partes quedó manifiesto el vínculo existente entre el menor y sus abuelos y la mala relación de los progenitores con aquellos por sus experiencias personales y desavenencias patrimoniales, pero fue de gran ayuda el informe del EATAF (Equipo de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia).
Dicho informe valoró a los progenitores y abuelos, no al menor porque los padres lo impidieron, y se comprobó que la conducta algo desafiante del menor no la causaban los abuelos maternos, sino la actitud de los progenitores que trasladaban la problemática surgida a su hijo; y, al contrario, se apreció la capacidad de los abuelos maternos para separar las desavenencias con su hija y madre del menor, así como su disposición al restablecimiento progresivo de la relación con su nieto.
Actitud obstruccionista de padres que se marchan a Alemania. Solución: contacto telemático
Además, en este caso los padres se trasladaron por trabajo sorpresivamente a Alemania cuando se estaba tramitando su recurso de apelación y dicho traslado impedía el derecho del hijo a relacionarse con sus abuelos que la Sentencia de instancia había reconocido.
Pues bien, la Sentencia de apelación lo solventa ordenando que, mientras los progenitores permanezcan en Alemania, los abuelos tendrán derecho a una comunicación telemática semanal de una hora con su nieto concretada en cierto día; y que, cuando se produzca el regreso de los progenitores y del nieto, deberá iniciarse un régimen de visitas del nieto con sus abuelos a través del Punto de Encuentro coordinado con el EATAF para su seguimiento.