El caso de Pierre Cardin como ejemplo de distorsión del mercado en la industria de la moda | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El caso de Pierre Cardin como ejemplo de distorsión del mercado en la industria de la moda

31/01/2025
| Vanessa-Ariane Guzek Hernando
Der Fall Pierre Cardin als Beispiel für Marktverzerrung in der Modeindustrie

El 28 de noviembre de 2024, la Comisión Europea impuso una multa de 5,7 millones de euros a la casa de moda francesa Pierre Cardin y a su mayor licenciatario, Ahlers. Esto se debe a prácticas anticompetitivas que han restringido durante años el comercio transfronterizo de productos Pierre Cardin en el Espacio Económico Europeo.

La Comisión constató que, entre 2008 y 2021, las dos empresas celebraron acuerdos contrarios a la competencia para proteger a Ahlers de la competencia en los países en los que tenía derechos de licencia. En particular, se constató que estos acuerdos anticompetitivos y prácticas concertadas tenían por objeto impedir que otros licenciatarios de Pierre Cardin y sus clientes vendieran ropa de la marca Pierre Cardin online y offline, y (i) fuera de sus territorios bajo licencia y/o (ii) a minoristas de bajo precio que ofrecían la ropa a los consumidores a precios más bajos. El objetivo último de esta coordinación entre Pierre Cardin y Ahlers era garantizar la protección territorial absoluta de Ahlers en los países cubiertos por los acuerdos de licencia con Pierre Cardin en el EEE.

Estas prácticas ilegales impiden a los minoristas comprar productos a precios más bajos en los Estados miembros y dividen artificialmente el mercado interior. Esta distorsión del mercado impide que los consumidores se beneficien de mejores ofertas y de una mayor variedad de productos. Las restricciones al comercio paralelo son, por tanto, obstáculos no reglamentarios a un mejor funcionamiento del mercado interior y figuran entre las restricciones más graves a la competencia.

Cualquier persona o empresa afectada por un comportamiento anticompetitivo puede presentar una demanda ante los tribunales de los Estados miembros y reclamar daños y perjuicios. Tanto la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como el Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo confirman que una decisión final de la Comisión en casos presentados ante los tribunales nacionales es una prueba vinculante de que el comportamiento tuvo lugar y fue ilegal. Incluso si la Comisión ha impuesto una multa a los participantes en el cártel en cuestión, los tribunales nacionales pueden conceder indemnizaciones por daños y perjuicios sin que se reduzcan a causa de la multa de la Comisión.

La decisión contra Pierre Cardin y Ahlers marca un nuevo hito en la evaluación antimonopolio de los sistemas de distribución y los acuerdos de licencia en la industria de la moda. Las empresas que utilizan estructuras de distribución similares deben revisar sus acuerdos, en particular en busca de restricciones territoriales que infrinjan la legislación antimonopolio, restricciones al comercio online y protección contra los competidores de precios bajos, a fin de minimizar los riesgos antimonopolio.

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