El Banco Santander adquiere por un euro simbólico el Banco Popular en el marco de la primera aplicación del “Mecanismo Único de Resolución” | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

El Banco Santander adquiere por un euro simbólico el Banco Popular en el marco de la primera aplicación del “Mecanismo Único de Resolución”

30/06/2017
| Luis Miguel de Dios Martínez, Tobías Kálnay
Santander übernimmt Banco Popular für einen symbolischen Euro im Rahmen der ersten Anwendung der europäischen Bankabwicklung

En la noche del 6 al 7 de junio de 2017, debido a los graves problemas de liquidez, se aplicó por primera vez al Banco Popular el nuevo Mecanismo Único de Resolución previsto en el Reglamento (UE) 806/2014 y con el que se trató de evitar el rescate del banco con dinero público. Concurrían los tres requisitos del Reglamento, es decir, que el banco esté en graves dificultades o probablemente vaya a estarlo; que no existan perspectivas de que otras medidas alternativas del sector privado puedan impedir su inviabilidad en un plazo de tiempo razonable y que la medida de resolución sea necesaria para el interés público.

La grave dificultad fue determinada por el BCE y la Junta Única de Resolución (JUR) que establecieron el proceso de disolución que ejecutaría el FROB.

La Ley 11/2015 establece que el FROB puede eludir las exigencias de la Ley de Sociedades de Capital en un procedimiento de reestructuración, que comenzó con la amortización de todas las acciones en circulación y la reducción del capital social a cero. El segundo paso fue capitalizar los instrumentos de capital adicionales de primer nivel, entre los que se encuentran los CoCos (bonos contingentes convertibles). Posteriormente las nuevas acciones se amortizaron y el capital se redujo de nuevo a cero. Como siguiente paso se convirtió en capital la deuda subordinada, vendiendo por último estas acciones por un euro al Banco Santander, sin que fuera necesario para ello requerir el consentimiento de los accionistas.

Ahora el Santander deberá ampliar su capital social en unos 7.000 millones de euros para restaurar las reservas regulatorias del Banco Popular. Accionistas y titulares de deuda subordinada y CoCos perderán sus inversiones, aunque un experto independiente contratado por la JUR tendrá que determinar si un procedimiento concursal hubiera sido menos oneroso para ellos, en cuyo caso serían indemnizados con la diferencia. La comercialización de las acciones y bonos entre pequeños inversores plantea la duda de si volverán a producirse los problemas que se produjeron en el caso Bankia.

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