Efectos administrativos sobre contratos mercantiles de compraventa de energía (PPAs) | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Efectos administrativos sobre contratos mercantiles de compraventa de energía (PPAs)

29/10/2021
| Elena Alcázar Cuartero, Luis Miguel de Dios
Regulatorische Auswirkungen auf Power Purchase Agreements (PPAs)

El 16 de septiembre entró en vigor el Real Decreto Ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad (“RDL 17/2021”), que tiene como objeto amortiguar la subida de los precios de la electricidad, y contrarrestar el importe de la factura de los consumidores.

Una de las medidas aprobadas consiste en el establecimiento de un mecanismo de minoración del exceso de retribución que determinadas instalaciones perciben como consecuencia del funcionamiento marginal del mercado. El RDL 17/2021 establece la minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica de las instalaciones de producción de tecnologías no emisoras de gases de efecto invernadero. Esta minoración tiene una duración limitada hasta el 31 de marzo de 2022. La cuantía será proporcional al mayor ingreso obtenido por las instalaciones como consecuencia de la incorporación a los precios de la electricidad en el mercado mayorista del valor del precio del gas natural por parte de las tecnologías emisoras marginales.

Además, será aplicable, con independencia de la modalidad de contratación utilizada, a los titulares de cada una de las instalaciones de producción de energía eléctrica no emisoras de gases de efecto invernadero en el territorio peninsular español, cualquiera que sea su tecnología, salvo a (i) instalaciones de producción en territorios no peninsulares; o (ii) instalaciones de producción que tengan reconocido un marco retributivo específico conforme al artículo 14 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico.

Ante las dudas surgidas en cuanto a la aplicación de la medida anterior a instalaciones cubiertas por un contrato de venta de energía (los denominados “PPAs”) anterior a la entrada en vigor del RDL 17/2021, el Gobierno publicó una nota dando respuesta a una consulta de REE, en la que aclaraba que la energía que se encuentre cubierta por un PPA suscrito con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 17/2021 no debía considerarse sujeta al mecanismo de minoración, siempre y cuando el correspondiente contrato a plazo sea a precio fijo (no indexado al precio de mercado) y no se tratara de un contrato intragrupo. Tal aclaración fue retirada de la página web del Ministerio que la emitió, por lo que la incertidumbre en cuanto a la aplicación del sistema de minoración a los PPAs sigue existiendo. El RDL 17/2021 fue aprobado el 20 de octubre por el Parlamento. Sin embargo, se espera que en breve se negocien y realicen modificaciones, que deberían aclarar finalmente el impacto sobre los PPAs.

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