Descartado el amparo de la normativa anti-discriminación laboral para candidatos de mala fe | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Descartado el amparo de la normativa anti-discriminación laboral para candidatos de mala fe

31/10/2016
| Florian Roetzer
Kein Diskriminierungsschutz für Scheinbewerber

Cumpliéndose el décimo aniversario de la Ley alemana de Igualdad de Trato (AGG), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) emite su sentencia de 28 de julio de 2016 (C-423/15), sentencia de gran interés desde la perspectiva del empleador. Primero un breve resumen de los hechos: La parte demandante es jurista, ejerciendo principalmente como abogado. Había denunciado ya a numerosos bufetes de abogados y empresas por discriminación por razón de edad. Presentó su candidatura a un puesto de trabajo en el seno de una gran aseguradora, para el que se requería haber recibido un título de estudios superiores en derecho hace no más de un año y contar con la experiencia profesional pertinente. El demandante vio su candidatura rechazada, por lo cual decidió interponer una demanda exigiendo compensación por discriminación por razón de edad, e incluso rechazó una invitación posterior para acudir a una entrevista con la empresa. Al enterarse después que los cuatro puestos habían sido otorgados todos a mujeres, extendió su reclamación para incluir discriminación por razón de género.

El TJCE confirmó con su sentencia la posición de los tribunales alemanes, a saber, que candidatos de mala fe no pueden buscar amparo en la normativa de anti-discriminación. Las Directivas europeas, sobre las que la AGG sienta sus fundamentos, buscan asegurar la protección de personas en búsqueda de empleo. Ahora bien, la TJCE deniega cualquier protección a aquellos candidatos que presenten candidaturas a puestos de trabajo con el único objetivo de adquirir justamente ese estatus formal de candidato. Un candidato de mala fe queda así desprovisto de cualquier derecho a exigir una compensación por discriminación. Ahora bien, desde el punto de vista empresarial, conviene ir con cuidado de no precipitarse a calificar a determinados candidatos como candidaturas abusivas o de mala fe; sólo puede llegarse a tal conclusión tras una cuidadosa evaluación de indicios objetivos.

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