¿Demandado en el extranjero por DAP? El efecto de las condiciones de entrega sobre la competencia judicial
Los Incoterms son populares y están muy difundidos como cláusulas comerciales y de entrega. EXW, FCA, DAP – ninguna empresa exportadora desconocerá estas abreviaturas. Detrás de éstas se esconden un extenso conjunto de reglas que determinan el lugar de entrega, el despacho aduanero y el seguro. Sin embargo, la elección de la cláusula también puede influir indirectamente sobre el tribunal competente. Ello decidirá si el procedimiento judicial tendrá lugar en Fráncfort o en Madrid.
Los Incoterms no son leyes, están creados por la Cámara de Comercio Internacional ICC, que es una asociación de Derecho privado cuya misión es promover y facilitar el comercio mundial. Los Incoterms (International Commercial Terms) se utilizan para resumir en tres letras toda la entrega.
Los Incoterms se incluyen por su nombramiento en el contrato de suministro y se aplican entre el comprador y el vendedor. La cláusula “EXW MesseTurm Frankfurt Incoterms 2020” significa, p.ej., que la mercancía se recogerá en la MesseTurm de Frankfurt. El seguro, el despacho aduanero y el envío no serán exigibles. Con “DAP Madrid Puerta del Sol Incoterms 2020”, en cambio, habría que entregar la mercancía en la Puerta del Sol de Madrid (lo que puede resultar poco práctico dependiendo de la mercancía).
Los Incoterms no determinan la legislación aplicable ni el tribunal competente. Esto puede y debe regularse en el contrato de suministro. No obstante, si esto no ocurre, el tribunal competente puede resultar indirectamente de los Incoterms. El Reglamento Bruselas I bis (Reglamento (UE) relativo a la competencia judicial internacional) dispone en su art. 7.1 b) que cuando se trate de una compraventa de mercaderías, serán competentes los tribunales del país en el que hayan sido o deban ser entregadas las mercaderías.
Las pequeñas diferencias pueden tener ahora un gran impacto. En el caso de cláusula DPA (Delivered at Place), la entrega debe efectuarse en el extranjero y, por tanto, serían competentes los tribunales extranjeros, aunque el exportador no lo hubiera querido así. Pero, ¿qué pasa con la cláusula FCA (Free Carrier)? El Tribunal Regional Superior de Colonia (auto de 20 de mayo de 2022, n° proc. 8 U 52/21) se ha ocupado recientemente de este asunto y ha examinado de forma ejemplar los efectos de esta cláusula sobre la competencia judicial internacional.
La respuesta del tribunal puede no ser intuitiva, pero es lógicamente correcta. La cláusula FCA no tiene ninguna influencia sobre la competencia judicial. Mientras que con EXW (Ex Works) el lugar de entrega son las instalaciones del vendedor y con DAP (Delivered at Place) está claramente en el extranjero, con FCA no hay un lugar de entrega claro. La mercancía se pondrá a disposición del transportista. Sin embargo, no se trata de una entrega en el sentido del Reglamento. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta la cesión efectiva del riesgo. Sin embargo, esto no suele producirse hasta el extranjero.
Quien opere con Incoterms deberá comprender su contenido y efectos. Dichos efectos secundarios pueden compensarse mediante un acuerdo de elección de foro en el contrato de suministro o en las CGC.