Deducciones fiscales para Business Angels y Requisitos para el 2022
Esta deducción aplicable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas favorece la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes. Está regulada en el artículo 68.1 y disposición adicional trigésima octava.2 de la Ley de IRPF, y permite a los inversores, conocidos como “Business Angel”, deducirse el 30% del capital invertido, con una base máxima de 60.000 euros anuales. No obstante, se deben cumplir una serie de requisitos.
Requisitos para las entidades
- Deben revestir la forma de SA, SRL, SAL o SRLL no admitida a cotización en mercados organizados durante todos los años de tenencia de la acción.
- Deben ejercer actividades económicas contando con los medios materiales y personales para el desarrollo de la misma.
- El importe de la cifra de los Fondos Propios no debe ser superior a 400.000 euros.
Requisitos para el inversor “Business Angel”
- Debe mantener las participaciones por un plazo superior a 3 años e inferior a 12 años.
- Las participaciones adquiridas deben ser con motivo de la constitución de una sociedad o una ampliación de capital efectuada en los siguientes tres años desde la constitución.
- La participación directa o indirecta no debe superar el 40% del capital social de la empresa.
- No se debe tratar de participaciones de una entidad a través de la cual se ejerza la misma actividad que se venía haciendo anteriormente mediante otra titularidad.
El inversor tendrá que obtener certificado expedido por la entidad indicando que se cumplen con los requisitos, siendo el Modelo válido para estos efectos el “165”.
Esta deducción es estatal y, por tanto, minorará sólo la cuota íntegra estatal.
Si el contribuyente aplica la deducción estatal, entonces solo podrá aplicar la deducción autonómica sobre la cuantía invertida que supere la base máxima de la deducción estatal por inversión en la adquisición de participaciones de nuevas entidades o de reciente creación. En algunas Comunidades Autónomas, las condiciones de las deducciones por la inversión en entidades de nueva creación pueden variar. Por ejemplo, en Cataluña hay estas variaciones:
- El porcentaje de deducción es del 30%, siendo el importe máximo de deducción de 6.000 Euros.
- El máximo de participaciones adquiridas por el contribuyente junto con las de familiares de hasta tercer grado es del 35% respecto al total del capital social de la empresa.
- La entidad debe tener naturaleza de SA, SRL, SAL o SRLL.
- La entidad debe tener el domicilio social y fiscal en Cataluña.
- Las operaciones en las que sea aplicable la deducción se deben formalizar en escritura pública.
Esta medida ayuda a las empresas de nueva o reciente creación en la captación no solo de financiación, sino también de la experiencia y contactos que pueda aportar el Business Angel.