Controversias en el IVA de la matriz-sucursal
El pasado 3 de octubre el Abogado General (AG) del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) emitió sus conclusiones sobre el asunto C-165/17 Morgan Stanley & Co, que afectan al cálculo de la prorrata de las sucursales y que podría tener consecuencias significativas en el ámbito del IVA para entidades financieras y aseguradoras.
La sucursal francesa prestaba servicios bancarios y financieros no exentos con terceras personas y también prestaba servicios a su sede londinense. La sucursal francesa se dedujo íntegramente las cuotas del IVA soportadas, pero la Administración tributaria francesa lo denegó. El Tribunal Supremo francés planteó al TJUE dos cuestiones prejudiciales sobre el cálculo de la prorrata de los gastos que se destinaban (i) exclusivamente a la realización de operaciones por la sede o (ii) a la realización tanto de operaciones en el Estado donde estaba registrada la sucursal como en el de la sede.
El AG acoge el criterio interpretativo del asunto Monte Dei Paschi Di Siena, por considerar que se respetan los principios de neutralidad y territorialidad del Impuesto. Bajo este criterio, el análisis debe realizarse combinando las reglas de prorrata de dos Estados. Primero deben identificarse con qué tipo de operaciones, realizadas en el Estado de la sede, guardan relación los gastos soportados por la sucursal. Y, únicamente si existen operaciones que generen derecho a deducción en el Estado de la sede, podrá avanzarse a la segunda etapa, consistente en determinar si dichas operaciones también habrían originado derecho a la deducción si se hubieran efectuado en el Estado de la sucursal.
Para calcular la prorrata, el AG sugiere incluir en el numerador (i) el volumen de negocios obtenido por la sucursal francesa relativo a las operaciones que generan derecho a deducción en Francia y (ii) el de la sede londinense que guarde relación con las operaciones que generen derecho a deducción en el Reino Unido y Francia. Y, en el denominador, el volumen de negocios de todas las operaciones realizadas por la sucursal y por la sede con terceros.