Condena por delito de tráfico de órganos | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Condena por delito de tráfico de órganos

30/11/2017
| Marta Arroyo
Verurteilung wegen eines Verbrechens aufgrund von Organhandel

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó Sentencia el pasado mes de octubre confirmando las penas de hasta seis años de prisión por un delito de tráfico ilegal de órganos impuestas por la Audiencia Provincial de Barcelona a tres miembros de una familia y a un amigo que ofrecieron 6.000 euros a un ciudadano marroquí por el trasplante de uno de sus riñones. El donante era un ciudadano que se encontraba en situación irregular en España que pedía limosna y que tenía problemas para expresarse en español. Inicialmente, éste aceptó la propuesta de someterse al trasplante de uno de sus riñones a cambio de 6.000 euros para lo que acudió al hospital con el fin de comprobar que era compatible con el enfermo. Después los condenados lo llevaron a una notaría para que firmara en escritura pública que era amigo del enfermo y que el transplante se iba a realizar de forma gratuita y por amistad. Sin embargo, el donante se arrepintió y se negó a firmar en la notaría.

En España el delito de tráfico de órganos fue introducido en el año 2010. El Tribunal Supremo señala en esta sentencia que no es admisible una actuación dirigida a procurarse un órgano a espaldas del ordenamiento, pues resulta contrario al sistema público de trasplantes diseñado según los principios básicos de actuación de altruismo, gratuidad, solidaridad y objetividad en la asignación de los órganos para el trasplante.

El Tribunal Supremo rechazó en su sentencia el motivo de situación de necesidad alegada por el condenado enfermo pues considera que fue el sistema de salud pública el que planteó el “remedio” a su enfermedad con el trasplante.

¿Le ha gustado este artículo?

¡Compártalo en sus redes!