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Cláusulas de índole fiscal en la compraventa de empresas

29/04/2022
| Florian Roetzer, LL.M.
Steuerklauseln beim Unternehmenskauf

Durante todo el proceso de la compraventa de una empresa existen implicaciones fiscales. Ya en lo referente a las medidas a llevar a cabo con antelación a la propia compraventa estas implicaciones tienen mayor trascendencia (como por ejemplo, medidas destinadas a mantener fiscalmente pérdidas acumuladas). También, en cuanto a la verificación jurídica de la empresa objeto de la compraventa, el derecho tributario resulta importante. Sin una verificación fiscal estructurada habrá que rechazar la adquisición de la empresa, ya que la falta de tal análisis fiscal conlleva un riesgo de responsabilidad civil importante a cargo de los administradores de la parte compradora. Asimismo, la decisión sobre la estructura de la transacción (share deal o asset deal) se basa frecuentemente en motivos fiscales. Una vez aclarada la forma transaccional, la siguiente tarea fiscal es la negociación y formulación de las cláusulas fiscales aceptables por ambas partes. Adicionalmente, se deben considerar las consecuencias fiscales de las medidas post transaccionales, como la transferencia de ganancias y pérdidas dentro de un grupo empresarial. En total cabe destacar que el proceso transaccional conlleva implicaciones fiscales en todo momento.

Recomendamos no limitar el asesoramiento referente a las cláusulas fiscales a la revisión y negociación de una parte determinada del contrato de compraventa. Solo en caso de un conocimiento profundo de la estructura transaccional, del modo de interacción jurídico y económico del resto de las cláusulas contractuales, y de los resultados de la verificación fiscal de la empresa objeto de compraventa, cabe un asesoramiento fiscal efectivo. Así, los resultados del tax due diligence pueden tener múltiples consecuencias para el contenido de contrato de compraventa. Además, se deben considerar tanto las medidas de reestructuración llevadas a cabo con antelación como las a realizar posteriormente a la propia transacción.

Las cláusulas de índole fiscal en un contrato de compraventa de empresa persiguen varios motivos. Deben garantizar un reparto de riesgos adecuado entre el vendedor y el comprador de la empresa, tanto en cuanto a riesgos concretos detectados como resultado de la verificación fiscal de la empresa como en cuanto a riesgos generales. El contrato de compraventa debe, asimismo, establecer los deberes de actuación de cada parte contractual en relación con derechos de gravámenes fiscales que les da como consecuencia de la transacción. Además, el contrato debe fijar los derechos y las obligaciones de cada parte en cuanto a su colaboración y actuación posterior a la transacción, como por ejemplo en el marco de una inspección fiscal de la empresa vendida.

La idea es eliminar o, por lo menos, suavizar mediante todas estas cláusulas contractuales el conflicto de interés entre la parte vendedora y la parte compradora. Mientras que al vendedor le interesa minimizar su riesgo de responder por asuntos fiscales y, además, la carga fiscal en la ganancia por enajenación, al comprador le importa establecer un sistema exhaustivo de responsabilidad fiscal de la parte vendedora y de activar fiscalmente los costes de adquisición.

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