Causas de insolvencia en Alemania

El derecho concursal alemán contempla tres causas principales de insolvencia. Dos de ellas obligan, según la forma jurídica de la empresa, a iniciar un procedimiento concursal, mientras que la tercera permite presentar la solicitud de manera anticipada. El siguiente resumen expone brevemente sus criterios.
1) Insolvencia (§ 17 InsO)
Se considera que existe insolvencia cuando una empresa ya no puede cumplir con sus obligaciones vencidas y no se prevé una mejora a corto plazo. Un indicio típico es la suspensión de pagos de facto, como la falta de pago de salarios, impuestos o facturas de proveedores.
Es importante diferenciarlo de una falta de liquidez temporal: los problemas puntuales que pueden solucionarse en un plazo razonable no justifican aún la solicitud de insolvencia. Lo determinante es la existencia de un déficit estructural y sostenido que impida cubrir los pagos exigibles.
El Tribunal Supremo Federal alemán (BGH) ha establecido una pauta clara:
“Si el déficit de liquidez del deudor que no puede eliminarse en un plazo de tres semanas es inferior al 10% de sus obligaciones vencidas totales, normalmente se presume la capacidad de pago, salvo que ya sea previsible que el déficit supere próximamente el 10%.”
En consecuencia, si el deudor no puede pagar al menos el 10% de sus obligaciones vencidas durante un período de tres semanas, se entiende que existe insolvencia.
2) Sobreendeudamiento (§ 19 InsO)
El sobreendeudamiento afecta principalmente a las sociedades de capital y otras formas jurídicas con responsabilidad limitada. Existe cuando el patrimonio de la empresa no cubre sus deudas existentes.
No obstante, lo determinante es el pronóstico de continuidad: si la continuación de la empresa es, en los próximos doce meses, predominantemente probable, no se considera que exista sobreendeudamiento, aunque exista un déficit patrimonial.
En la práctica, se realiza un análisis en dos fases:
- Pronóstico de continuidad: análisis de la viabilidad futura de la empresa
- Balance de sobreendeudamiento aplicando los criterios de valoración adecuados (valores de empresa en funcionamiento going concern frente a valores de liquidación).
3) Insolvencia inminente (§ 18 InsO)
La insolvencia inminente significa que es previsible que una empresa no podrá cumplir en el futuro con sus obligaciones vencidas. La base es una planificación de liquidez con un horizonte de previsión, generalmente hasta de 24 meses.
Este motivo de insolvencia permite solicitar la apertura del procedimiento únicamente por iniciativa del propio deudor, funcionando como un instrumento de alerta temprana y de reestructuración. Su objetivo es posibilitar una reacción estructurada antes de que se produzca la insolvencia efectiva.
4) Obligación de solicitar el concurso y plazos
Los administradores de sociedades de capital deben presentar la solicitud de insolvencia sin demora culpable cuando se produzca insolvencia o sobreendeudamiento. La ley establece plazos máximos:
• en caso de insolvencia, hasta tres semanas,
• en caso de sobreendeudamiento, hasta seis semanas.
Estos plazos permiten una liquidación ordenada y ayudan a evitar responsabilidades. Retrasarse más allá de ellos aumenta los riesgos civiles y penales (concepto de insolvencia diferida o Insolvenzverschleppung).
5) Orientación práctica para empresas
De ello se derivan las siguientes pautas básicas:
- Gestión de liquidez: implantación de una planificación de 13 semanas con actualizaciones semanales, comparando los pagos vencidos con los fondos disponibles.
- Previsión de continuidad: para las formas jurídicas con responsabilidad limitada, elaborar una planificación integrada y fiable (cuenta de resultados, balance y flujo de caja) con un horizonte mínimo de 12 meses.
- Documentación: mantenimiento de documentación clara y actualizada sobre liquidez, compromisos de financiación y paquetes de medidas.
- Medidas tempranas: negociación con financiadores, implementar programas de reducción de costes, optimización del capital circulante y, en caso de insolvencia inminente, utilización de instrumentos favorables a la reestructuración.
- Gobernanza: informes periódicos a la dirección y a los órganos de supervisión, con responsabilidades claramente definidas y vías de esclarecimiento bien establecidas.
Conclusión
La insolvencia constituye el indicador crítico de crisis y obliga a la apertura del procedimiento. El sobreendeudamiento afecta sobre todo a las sociedades con responsabilidad limitada y depende esencialmente del pronóstico de continuidad. La insolvencia inminente funciona como un sistema de alerta temprana que permite iniciar medidas de reestructuración de forma ordenada.