Cambios en el tratamiento de las operaciones intracomunitarias y ventas a distancia | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Cambios en el tratamiento de las operaciones intracomunitarias y ventas a distancia

30/09/2020
| Sarah Mestre
Änderungen bei der Abwicklung von innergemeinschaftlichen Transaktionen und Fernverkäufen

Se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva UE 2018/1910, con el objeto de armonizar el comercio intracomunitario, y se transpone la Directiva UE 2017/2455, para adaptar el sistema europeo de IVA a la era digital, reduciendo la burocracia en el cumplimiento de las obligaciones de las pequeñas y medianas empresas.

Modificaciones en el tratamiento de las operaciones intracomunitarias con efectos a partir de marzo 2020:
Se exigirá como requisito material que el adquirente comunique el NIF-IVA y que el proveedor haya incluido las operaciones en el Modelo 349 y

  1. se armoniza el tratamiento de las operaciones en cadena en donde el transporte se entenderá vinculado a la entrega de bienes de un proveedor a un intermediario comunitario de un Estado miembro distinto de España y constituirá una entrega intracomunitaria exenta; y a la entrega efectuada por el intermediario cuando éste disponga de NIF-IVA español, por lo que la entrega del proveedor al intermediario será una entrega interior sujeta y no exenta y la entrega efectuada por el intermediario a su cliente será una entrega intracomunitaria exenta si éste ha comunicado su NIF-IVA de un Estado miembro distinto de España,
  2. se simplifican las operaciones realizadas bajo el sistema de ventas en consigna en donde solo se entenderá que se realiza una única operación consistente en una entrega intracomunitaria exenta por el proveedor, y una adquisición intracomunitaria en el estado miembro de destino cuando se retiren los bienes del almacén, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones, y
  3. se establecen una serie de elementos de prueba del transporte intracomunitario, sin perjuicio de que se admita prueba en contrario.

Modificaciones al Régimen de Ventas a Distancia, con efectos a partir de julio 2021:
Todas las ventas de bienes y de servicios con particulares podrán acogerse al sistema de Ventanilla Única, estableciéndose un umbral único de declaración para todos los Estados, de 10.000 euros. Asimismo, se deroga la exención a la importación de pequeños envíos, establecida en 22€, y las ventas expedidas a un cliente comunitario desde un país tercero que no excedan de 150€, podrán optar por el sistema de ventanilla única o por un régimen especial de IVA a la importación. Se incluyen tres nuevos regímenes especiales para la declaración y liquidación del IVA devengado por las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas a favor de consumidores finales, que sustituyen y amplían los regímenes especiales vigentes para los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión, estableciéndose: “El Régimen Exterior de la Unión”; “El Régimen de la Unión”, y el “Régimen de Importación”. Por último, destacan las nuevas obligaciones para las interfaces electrónicas (como Amazon), que se convertirán en sujetos pasivos del IVA al presumirse que actúan como intermediarios en nombre propio en las ventas a particulares comunitarios.

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