Aumento de las obligaciones de cooperación para verificar la adecuación de los precios de transferencia
En varias ediciones de este boletín hemos tratado novedades sobre la obligación de documentar la idoneidad de los precios de transferencia operantes al comercializar entre partes vinculadas internacionalmente, en particular entre las empresas residentes en España y sus filiales o establecimientos alemanes (las últimas contribuciones fueron en abril y octubre de 2020). El fundamento jurídico del llamado deber ampliado de cooperar de los contribuyentes residentes o no residentes sujetos a la obligacion real en Alemania es el art. 90 (2) de la Ley General Tributaria alemana —abreviada LGT-DE (AO). En acuerdo a este artículo existe el deber de aclarar los hechos extranjeros pertinentes haciendo uso de todas las posibilidades legales y reales como de obtener las pruebas necesarias (previsión de pruebas). Al no cumplirse estas obligaciones puede la administración tributaria estimar las bases imponibles (art. 162 AO).
Mediante la circular del 03/12/2020, el Ministerio Federal de Finanzas (BMF) ha comunicado la adopción de nuevos principios administrativos para la interpretación de las obligaciones legales de cooperación, que las oficinas de la administración tributaria deben observar concretamente al comprobar los precios de transferencia (los denominados Principios Administrativos 2020, IV B 5 – S 1341/19/10018:001, en lo sucesivo “VWG 2020”). Un ejemplo de los mismos es, que es necesario velar por los documentos de una persona extranjera vinculada a un contribuyente y evitar su destrucción antes de que expiren los períodos de retención nacionales. El BMF exige pruebas sujetas a presentación incluyendo tanto los datos para verificar la específica elección del sujeto pasivo, como también, los datos de todo método usado en la fijación de los precios de transferencia potencialmente concebibles en pos a las relaciones comerciales a examinarse, con la obligación además de presentar dictámenes y opiniones de consultores y expertos externos existentes. Asimismo, se podrían solicitar pruebas de la comunicación comercial con implicaciones fiscales como correos electrónicos y otros mensajes electrónicos (WhatsApp & Co.). El cumplimiento de la obligación legal de aportar pruebas también incluiría salvaguardias contractuales para el acceso a las pruebas encontradas en el extranjero, si las mismas personas físicas son nombradas como gerentes en una empresa nacional y extranjera, la administración financiera alemana presume la posibilidad de obtener información.
Ahora queda por verse, si las instrucciones administrativas internas mencionadas, así como las «Directrices de Precios de Transferencia 2021» anunciadas para este año, podrán soportar una revisión judicial del Bundesfinanzhof en la cual dichas obligaciones de participación se verificarán si son necesarias, razonables y proporcionadas (BFH X B 34/07), esperándose que el procedimiento de casación en curso BFH I R 4/17 aclare más.