Atención a las cláusulas de prescripción: La nueva jurisprudencia del Tribunal Federal del Trabajo establece normas más estrictas | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Atención a las cláusulas de prescripción: La nueva jurisprudencia del Tribunal Federal del Trabajo establece normas más estrictas

31/10/2018
| Sören Schneider
Achtung bei Verfallklauseln: Neue Rechtsprechung des Bundesarbeitsgerichts setzt strenge Maßstäbe

La cláusula de caducidad, según la cual todos los derechos del trabajador derivados de la relación laboral caducan si no se hacen valer por escrito en un plazo de tres meses, es un contenido estándar en los contratos de trabajo alemanes. Sin embargo, la última decisión del Tribunal Federal del Trabajo (TFT) podría provocar un desagradable despertar para muchos empleadores.

El más alto tribunal laboral alemán dictaminó que tal cláusula sólo era lícita si excluye de forma expresa el derecho del empleado a percibir el salario mínimo (el derecho a reclamar el salario mínimo no está sujeto a prescripción). La invalidez de la cláusula afecta a su totalidad por no mencionar la excepción del salario mínimo.

Según el TFT, la cláusula completa se considera nula si no se tiene en cuenta el salario mínimo. Los empleados pueden entonces hacer valer todas las reclamaciones, incluso después de tres meses.

La sentencia se basa en que un empleado demandó a su empresa donde había sido contratado como solador desde el 01.09.2015. El contrato de trabajo estipulaba que todos los derechos mutuos derivados de la relación laboral caducaban, si no se reclamaban por escrito, contra la otra parte en el plazo de tres meses. Tras la terminación de la relación laboral, el demandante reclamó una recompensa por las vacaciones que aún no había disfrutado. El demandado, refiriéndose a la cláusula de caducidad argumentó que el trabajador había presentado su reclamación demasiado tarde.

El Tribunal Federal de Trabajo falló a favor del empleado. Dado que la cláusula general de prescripción no excluía la especial prescripción del derecho al salario mínimo, requerido según el artículo 3 de la Ley del salario mínimo, toda la cláusula resultó inválida. Aparte de esto, por no cumplir la cláusula con el requisito de transparencia establecido en el art. 307 Código Civil se confirmó la nulidad de la cláusula, por lo que el demandante pudo reclamar su derecho a vacaciones después de tres meses.

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