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Anteproyecto de Ley Transposición Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)

31/05/2023
| Michael Lochmann
Anteproyecto de Ley Transposición Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)

El pasado 5 de mayo de 2023, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), a instancias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, presentó a consulta pública el Anteproyecto de Ley por la que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza.

Este Anteproyecto de Ley responde a la necesidad de transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2022/2464, de 14 de diciembre de 2022 (“Directiva CSRD”), de la Unión Europea, cuyo plazo de transposición finaliza el 6 de julio de 2024 y cuya finalidad última es equiparar la divulgación de la información sobre sostenibilidad con la de la información financiera de las entidades.

Uno de los principales objetivos de la Directiva CSRD es ampliar el alcance de la obligación de presentar información sobre sostenibilidad, incluyendo a todas las empresas y grupos de empresas que cumplan con la definición de grande, con independencia de que sean o no cotizadas. Esta obligación también se extiende a las PYMES, pero solo en el caso de que hayan emitido valores admitidos a negociación en un mercado secundario regulado de la Unión Europea, quedando en todo caso excluidas las microempresas.

La nueva Directiva CSRD introduce importantes novedades respecto de los sujetos obligados, el contenido de la información sobre sostenibilidad, las normas según las cuales debe elaborarse la información, su formato de presentación, la exigencia de verificación de dicha información y la regulación de los aspectos esenciales de esta verificación. Asimismo, se sustituye el término “información no financiera” por “información sobre sostenibilidad”, que incluye los factores medioambientales, sociales y de gobernanza.

Para transponer la Directiva CSRD al derecho interno, el Anteproyecto de Ley modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas y su reglamento de desarrollo.

Está prevista la aplicación de la Ley en varias fases a partir de los siguientes ejercicios económicos en función de la tipología de las empresas:

  1. 1 de enero de 2024: grandes empresas de interés público y entidades de interés público que sean sociedades dominantes de un grupo grande, con más de 500 empleados;
  2. 1 de enero de 2025: grandes empresas y sociedades dominantes de un grupo grande;
  3. 1 de enero de 2026: PYMES que hayan emitido valores admitidos a negociación en un mercado secundario regulado de la UE y que no sean microempresas; entidades de crédito grandes y no complejas o que, siendo PYMES, estén cotizadas en un mercado secundario regulado de la UE y que no sean microempresas; entidades aseguradoras y reaseguradoras grandes o que, siendo PYMES, hayan emitido valores admitidos a negociación en un mercado secundario regulado de la UE y que no sean microempresas;
  4. 1 de enero de 2028: empresas de terceros países con filiales o sucursales en la UE que no cumplan los requisitos anteriores.

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