Alcance de las retenciones sobre el rendimiento de trabajo del personal desplazado a Alemania | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Alcance de las retenciones sobre el rendimiento de trabajo del personal desplazado a Alemania

31/10/2019
| Frank Behrenz
Umfang des Lohnsteuerabzugs für nach Deutschland entsandtes Personal

Sueldos, salarios y otras remuneraciones similares obtenidas por un residente de España en base a un empleo, pueden estar sometidas a imposición en Alemania, independientemente del modo como del lugar de abonarse, si este empleo ha sido realizado en Alemania.

Ahora, Alemania no tendrá el derecho de imposición, si tanto

(a) el perceptor permanece en Alemania durante un período o períodos cuya duración no exceda en conjunto de 183 días en cualquier período de 12 meses que comience o termine en el año fiscal considerado y 

(b) las remuneraciones se pagan por un empleador que no sea residente del otro Estado, o en su nombre y 

(c) las remuneraciones no las soporta un establecimiento permanente que el empleador tenga en el otro Estado. 

Aquí el empleador es el llamado „empleador económico“, es decir, quien soporta económicamente los pagos para la realización del empleo, sin importar tributariamente si es también empleador según los criterios del derecho civil.

En el caso de una cesión de personal de una empresa española, la cual se dedica principalmente a la cesión de trabajadores para empresas alemanas, este personal cedido, independientemente del tiempo de estancia dispuesto, está desde su primer tarea realizada sometido a imposición en Alemania, de modo que la empresa española debe registrarse como empleador en Alemania y por dichos trabajadores cedidos a Alemania debe efectuar retenciones sobre sus remuneraciones, si faltara, entonces el cliente alemán es el responsable de pagar el impuesto no declarado sobre dichas remuneraciones. 

En cuanto a quién soporta la remuneración, si se tratara de empresas vinculadas, se aplicará una imputación según un criterio funcional y cuantitativo conforme a los principios de precios de transferencia. En un procedimiento de casación ante el Tribunal Federal Supremo de lo Fiscal (BFH VI R 22/19) se está revisando si una filial alemana es la responsable por la falta de retenciones del IRPF alemán sobre la remuneración de un administrador extranjero, aun cuando la misma no se haya refacturado a Alemania, lo que aclarará la ley a partir del 2020.

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