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Adopción de las modificaciones a la NIC 1 y NIC 8

31/03/2022
| Michael Lochmann
Übernahme von Änderungen an IAS 1 und IAS 8

En el DOUE de 3 de marzo de 2022, la Unión Europea publicó el Reglamento (UE) Nº 2022/357 de 2 de marzo de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) Nº 1126/2008 relativo a la adopción de determinadas normas internacionales de contabilidad (NIC) de conformidad con el Reglamento (CE) Nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Esta norma adopta cambios a las normas contables NIC 1 Presentación de Estados Financieros y NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores.

La NIC 1 establece las bases para la presentación de los estados financieros con propósitos de información general, a fin de asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades diferentes. La norma establece los requisitos generales para la presentación de los estados financieros y las directrices para determinar su estructura, a la vez que fija los requisitos mínimos sobre su contenido.

Las modificaciones a la NIC 1 concretan hasta qué punto se deben detallar en el futuro las políticas contables en la memoria de las cuentas anuales. Así, una entidad solo debe revelar información sobre sus políticas contables que sea material o de importancia relativa. Al determinar la materialidad, no será decisivo solo el valor absoluto, sino que ésta también puede resultar del tipo, de las transacciones relacionadas, otros eventos u otras condiciones. La información sobre políticas contables tendrá importancia relativa si los usuarios de los estados financieros la necesitan para comprender otra información material o de importancia relativa de los estados financieros

La NIC 8 prescribe los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La norma tiene por objeto mejorar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en periodos anteriores, y con los estados financieros de otras entidades.

Las modificaciones a la NIC 8 se refieren a la distinción entre cambios en las políticas contables y cambios en las estimaciones. La modificación de la NIC 8 define por primera vez el término "estimación contable": así, las estimaciones contables son importes monetarios consignados en los estados financieros que están sujetos a incertidumbres de valoración. El desarrollo de las estimaciones contables debe basarse en juicios o en hipótesis que se basen en la información fiable más reciente disponible.

Ambas modificaciones se aplican a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. Se permite la aplicación anticipada voluntaria.

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