Acordada la novena enmienda de la ley de competencia desleal (9. GWB-Novelle) | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Acordada la novena enmienda de la ley de competencia desleal (9. GWB-Novelle)

28/04/2017
| Melanie Gierth
9. GWB-Novelle ist beschlossen

Tras el artículo que publicamos en la newsletter de enero 2017 queremos comunicar que el Parlamento (el 9.3.) y el Senado (el 31.3.) alemanes han aprobado finalmente la novena enmienda de la ley de competencia desleal (9. GWB-Novelle).

A continuación resumimos brevemente los cambios más significativos:

El control de fusiones va a ser más restrictivo: con independencia de las normas al respecto ya existentes, el control de fusión ahora es posible, cuando una empresa implicada tenga una cifra de negocios superior a 25 mill. €, la empresa adquirida u otra empresa implicada tengan ventas inferiores a 5 mill. €, el valor de la contraprestación sea superior a 400 mill. €, y la empresa adquirida realice actividades considerables en el territorio nacional. De esta forma será posible realizar un control de fusión en empresas con gran importancia y gran potencial, aunque su poder de mercado aún no se refleje en un elevado volumen de ventas y, además, se tendrá en consideración la creciente importancia de la digitalización.

La trasposición de la Directiva 2014/104/UE amplía el derecho a indemnizaciones por infracción de normas de competencia. Según el nuevo Art. 33a ap. 2 se presume la causalidad entre infracción y daño. La carga de la prueba recaerá sobre las empresas que hayan infringido las normas en cuyo caso, tendrán que demostrar que de la infracción no se deriva daño. El nuevo Art. 33e, que regula explícitamente la responsabilidad de los solicitantes de clemencia, que estará limitada, en un principio, a los daños causados a sus clientes, directos e indirectos (excepción: responsabilidad subsidiaria).

La acción de cesación de la conducta desleal o de prohibición de su reiteración futura (Art. 33 GWB), y el derecho al pago de daños y perjuicios (Art. 33a GWB) tienen un plazo de prescripción de 5 años.

Respecto a las multas cabrá la posibilidad de una responsabilidad subsidiaria de empresas vinculadas y de sucesores jurídicos.

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