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15 años de Proceso Monitorio en España

30/09/2016
| Enrique Castrillo de Larreta-Azelain
15 Jahre Mahnverfahren in Spanien

En 2016 se cumplen quince años desde la entrada en vigor de la “nueva” Ley de Enjuiciamiento Civil en España, que introdujo por primera vez en nuestro sistema procesal civil este procedimiento tan frecuente en los países de nuestro entorno. La finalidad era evidente: Dotar a los acreedores de una herramienta ágil y eficaz para acceder de forma sencilla y rápida a un título ejecutivo cuando el deudor no se opusiera a la reclamación ni abonara lo reclamado. Recordemos que anteriormente era necesario tramitar todo el procedimiento declarativo para acceder, tras una sentencia en rebeldía, a la ejecución forzosa, lo que, dado el retraso en la tramitación de asuntos que sufren nuestros juzgados y tribunales, conducía inevitablemente a que el resarcimiento del acreedor resultara muy difícil o incluso prácticamente imposible.

El legislador estableció en un primer momento una serie de límites a estos procedimientos, pensando que se abusaría de esta figura: Al principio, la reclamación no podía superar los 30.000,- €. En 2010, el límite ascendió hasta los 250.000,- € para, un año después, desaparecer, lo que evidencia el éxito que ha tenido esta modalidad procesal en nuestro sistema.

Las estadísticas del CGPJ también reflejan la magnífica evolución de esta herramienta procesal: En 2002 (al año de entrar en vigor la ley) se iniciaron en España poco más de 168.000 procedimientos monitorios, mientras que en 2015 el número fue de casi 655.000. El año en el que más se inciaron, posiblemente como consecuencia de la crisis, fue 2010, con aprox. 895.000. En 2001, del total de ejecuciones forzosas iniciadas, tan sólo el 8,17% procedían de un procedimiento monitorio previo. En 2015, el 41,9% de las ejecuciones iniciadas provenían de un procedimiento monitorio previo.

En definitiva, debemos valorar estos 15 años de proceso monitorio, aún con alguna sombra, como muy positivos, ya que han dotado a los acreedores de un mecanismo relativamente rápido y barato con el que reclamar judicialmente sus créditos.

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