Las trampas en las notificaciones en el extranjero | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Las trampas en las notificaciones en el extranjero

29/02/2016
Tücken der Auslandszustellung

La notificación de una demanda o de otro documento judicial en o fuera de Europa queda regulada mediante un Reglamento europeo. Este Reglamento prevé diversas formas de notificar, tanto puramente formales (a través de los Juzgados de los dos estados implicados) como la notificación por correos. Con la notificación se requiere tener algunas precauciones especiales.

El receptor tiene derecho a rechazar la aceptación si el documento no está escrito en un idioma que él entienda o no está traducido al idioma oficial de su país. Esto se aplica también a la notificación por correos. Ocurre a menudo que los documentos a notificar no están traducidos o sólo lo están en parte. Sobre todo cuando no hay información sobre el derecho a la no aceptación o ésta no se traduce al idioma del receptor, la situación es especialmente crítica. El receptor no tiene entonces la posibilidad de saber que puede simplemente rechazar la demanda. El plazo para rechazar debidamente un documento no traducido, según el Reglamento, es de solamente una semana. Hay una decisión judicial pendiente acerca de si el período comienza a contar también en caso de falta de información del derecho a no aceptar. Así pues, ante la duda se considera que el período de la semana es aplicable si falta la información debida para la no aceptación. El período de la semana debe ser entendido en el sentido que la demanda tiene que ser devuelta por el receptor al Juzgado en el plazo de una semana tras la notificación. No es relevante en qué momento la demanda llega realmente al Juzgado notificante. Se recomienda encarecidamente antes de la devolución del documento judicial hacer copias del mismo así como de los anexos, de manera que los defectos en la notificación puedan ser explicados posterior-mente - por ejemplo cuando en el extranjero por motivo de una notificación deficiente se dicte una sentencia en rebeldía.

Categoría:

¿Le ha gustado este artículo?

¡Compártalo en sus redes!