La nueva reserva de viviendas de uso social en el municipio de Barcelona
![Die neue Reserve für Sozialwohnungen in der Gemeinde Barcelona](/sites/default/files/2020-03/17-derecho-inmobilario_1.png)
Ayuntamiento de Barcelona ha promovido para incrementar el parque de vivienda de protección pública en la ciudad. La nueva normativa establece que los promotores deben destinar a vivienda social un mínimo del 30% del techo que resulte de las actuaciones edificatorias de vivienda plurifamiliar de nueva construcción o gran rehabilitación que tengan un techo de vivienda superior a 600 m2. Es importante destacar, sin embargo, que dicha obligación no será exigible sino hasta el próximo 15 de diciembre de 2020.
De esta forma, la destinación parcial a vivienda de protección pública no se aplica a los siguientes supuestos:
- Licencias de obra presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa;
- Licencias de obra presentadas antes de 15 de diciembre de 2020 siempre y cuando los interesados acrediten que la transacción de la finca se ha formalizado en documento público entre el 1 de julio de 2016 y 18 de junio de 2018;
- En aquellos casos en que la transacción se haya formalizado en documento público entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de junio de 2016, podrá reducirse el porcentaje del 30% a aquél que resulte del estudio de viabilidad que deberá acompañar la solicitud de la licencia y que deberá ser validado por el Ayuntamiento. En estos casos, será de aplicación dicho porcentaje a menos que dé lugar a una superficie destinada a vivienda de protección pública inferior a la mínima de acuerdo con la legislación aplicable, supuesto en el cual no es de aplicación dicha destinación parcial.
También es importante destacar que la medida tampoco se aplica a:
i) Parcelas resultantes de la ejecución de polígonos de actuación, salvo que se hayan incumplido los plazos de edificación establecidos por el planeamiento;
ii) Edificios que, de acuerdo con los planes especiales de protección del patrimonio arquitectónico y catálogo de los Distritos, tengan un grado de protección A y B; si tienen un grado de protección C, será imprescindible no incrementar el número de viviendas.