El refugio fiscal de las Islas Canarias

Las islas son afortunadas, un territorio de clima suave y un seguro de sol para pasar unas tranquilas vacaciones. Esto es lo primero que se nos viene a la mente a cualquiera que haya visitado Canarias, pero si hay algo que históricamente ha definido a estas maravillosas islas –y lo digo también en mi condición de canario– es su régimen fiscal especial y de puertos francos que data ya del siglo XVIII.
Si lo anterior lo asociamos con el escenario mundial actual donde el plan BEPS de la OECD, el convenio multilateral para luchar contra el fraude fiscal, y el impuesto global mínimo del 15% para grupos multinacionales han sacudido los cimientos de la estructura fiscal de los negocios, podemos considerar a Canarias como un refugio en el marco de la fiscalidad.
Sirva este artículo como recordatorio para tomar muy en cuenta a este territorio dentro de la planificación fiscal y por ello lo siguiente. En primer lugar, tenemos la ZEC (Zona especial canaria), en la cual, bajo determinadas circunstancias, las sociedades con residencia fiscal en las islas pueden tributar a un tipo del 4% en el Impuesto de Sociedades (IS). Hemos de mencionar que este tipo impositivo reducido se puede ver afectado por el tipo global mínimo del 15%, pero aún sí se puede rebajar esta cifra si se sigue la estrategia fiscal adecuada. Además, recordemos que el tipo mínimo global del 15% es aplicable solamente a grupos o entidades que facturen más de 750 millones de euros de acuerdo con los estados financieros consolidados de su matriz.
Además, tenemos la Reserva para Inversiones en Canarias, que permite reducir hasta en un 90% la base imponible del IS, destinándose dicha reducción a la reinversión de determinados activos en un plazo de tiempo considerado.
Pero la historia no se queda aquí. A diferencia de lo que sucede en territorio peninsular, existen unos porcentajes muy superiores en la deducción fiscal por actuaciones de investigación e innovación (I+D+i) a los que existen en territorio peninsular. Así, mientras en el territorio general de aplicación del IS el porcentaje de deducción oscila entre 25% - 42% sobre la inversión en Investigación-Desarrollo, en Canarias puede ser del 45% - 75,6% o incluso superior. Y la de deducción por innovación tecnológica –que en la práctica resulta mucho más sencilla de aplicar que la de investigación- es en Canarias casi cuatro veces superior que la aplicada en territorio general (12% vs. 45%). Y existen más incentivos, pero solamente hemos querido dar aquí una pincelada sobre los aspectos más relevantes.
Si a todo lo anterior añadimos que el coste de vida en muy a inferior a otras ciudades españolas, que existen incentivos fiscales para atraer talento y, que se cuenta con el apoyo del gobierno e instituciones para el desarrollo de proyectos, Canarias se convierte en el refugio perfecto ante un cambiante mundo fiscal y se debe tener en consideración en cualquier planificación fiscal, ya sea para el negocio nacional o internacional.