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El prepack, nueva vía de venta exprés de negocios en crisis

29/01/2021
| Marcos Carrillo Méndez
Das Prepack, die neue Art des Expressverkaufs von Unternehmen in der Krise

Los Juzgados Mercantiles de Barcelona aprobaron, el pasado 20 de enero de 2021, el protocolo “Pre-pack” en el que venían trabajando con la mirada puesta en el mes de marzo en el que, salvo cambio legislativo de última hora, se alzará la suspensión del deber del deudor insolvente de solicitar la declaración de concurso.

El principal motivo por el que se ha centrado el interés en esta figura no es otro que el de facilitar la venta exprés de negocios en crisis ante el previsible aumento de concursos una vez cesen las medidas adoptadas para hacer frente al Covid-19 y el fracaso del convenio como alternativa a la liquidación.

Mediante el pre-pack la empresa podrá solicitar, en el momento de efectuar la comunicación de la apertura de negociaciones con sus acreedores o durante los tres meses siguientes, la designación de un experto independiente cuya función principal sea la de supervisar el proceso de búsqueda de interesados en la adquisición de la unidad productiva.

Esta figura, que ya se aplica en algunos países en nuestro entorno, puede ser clave para impulsar la presentación de solicitudes de concurso a las que se acompañe al menos una propuesta vinculante de compra de la unidad productiva y agilizar su tramitación.

En la práctica, esta opción que se contempla en el artículo 530 del texto refundido de la Ley Concursal ha sido siempre vista con recelo debido a que ha sido utilizada para que personas especialmente relacionadas con el deudor adquieran, a través de un tercero, la unidad productiva eludiendo la obligación de pago de todos los créditos no satisfechos prevista para estos supuestos.

Es por ello que la intervención del experto independiente, que será el futuro administrador concursal y que deberá emitir un informe que se acompañará a la solicitud de concurso, se antoja clave para agilizar la tramitación de estas solicitudes minimizando el riesgo de venta a una persona vinculada y garantizando a su vez el respeto, durante esta fase previa, a las reglas de publicidad, transparencia y libre concurrencia que rigen la venta de unidades productivas en el concurso.

Se estima, además, que el pre-pack permitirá maximizar el precio de venta de las unidades productivas y salvaguardar un mayor número de puestos de trabajo, lo que en ambos casos redundará en un beneficio a los acreedores.

El hecho de que hasta ahora no se hubiera hecho público el contenido definitivo de este protocolo no ha impedido que los Juzgados Mercantiles nº 7 y 10 de Barcelona accedieran a esta petición a solicitud coordinada de dos empresas que explotaban varias academias de inglés.

En concreto, el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona autorizó, mediante Auto de 30 de octubre, la venta de la unidad productiva en el plazo de cuatro días desde la fecha en que se declaró el concurso, salvando parte del empleo y garantizando la continuidad del servicio a los alumnos. Por lo tanto, la entrada en escena del pre-pack es prometedora y en el caso mencionado ha resultado ser un éxito.

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